AIQS News 77 CAST
15 AIQS News 77 Grups professionals Grupos profesionales Professional groups tendrá que enviar al operador del traslado el documento de identificación en que especifique la no aceptación”. Notificación previa para determinado residuos El nuevo Real decreto 180/2015, mediante el cual se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado español, incluye el elemento de la notificación previa, aplicable al traslado de determinados residuos. “Se trata de un documento con que se notifica a las autoridades de origen y de destino, con una antelación mínima de diez días, que los residuos serán trasladados por tratarlos, y quedan sometidos a notificación previa los residuos peligrosos, los destinados a operaciones de eliminación, los residuos domésticos mezclados destinados a valoración (LER 200301) y los residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas como valorización (R1)”, explicó Beatriu Sánchez, quien, además, añadió que “los traslados de residuos no peligrosos destinados a valorización material están exentos del requisito de notificación previa según el real decreto”. Del mismo modo, puede haber una oposición administrativa a los traslados de estos tipos de residuos y, según el artículo 9 del real decreto, en el plazo máximo de diez días desde la fecha de presentación de la notificación de traslado, el órgano competente Real de las comunidades autónomas de origen y de destino podrán oponerse al traslado si alegan algunas de las causas previstas al artículo 25 de la Ley 22/2011. Gestiones telemáticas La entrada en vigor del Real decreto 180/2015 ha supuesto una apuesta decidida por la gestión telemática. Desde mayo de 2016, en qué entró en vigor, los trámites se pueden realizar electrónicamente y el departamento de Atención Ciudadana de la Agencia de Residuos de Cataluña ha desarrollado “una aplicación responsive pareciendo a las del CatSalut, una hoja de seguimiento adaptado a dispositivos Android que se firma electrónicamente y que elimina cualquier ilegalidad. Es una herramienta que hemos trabajado conjuntamente con los Mossos d’Esquadra”. La última parte del encuentro informativo sobre el traslado de residuos consistió en un turno de preguntas a la ponente, Beatriu Sánchez, del departamento de Atención Ciudadana de la Agencia de Residuos de Cataluña. La mayoría de preguntas, dudas y aportaciones de los asistentes trataron de la documentación nueva que hay que presentar y qué son las exigencias que incorpora el Real decreto 180/2015 y si elimina el Decreto 93/1999. La ponente dijo que, “en Cataluña, en materia de traslado de residuos, continúa vigente el Decreto 93/1999, pero hace falta adaptarlo a los requisitos del nuevo Real decreto estatal 180/2015”. Sobre el contrato de tratamiento, Sánchezexplicóque“se formalizará antes del inicio de cualquier traslado y tiene que contener los aspectos mencionados al artículo 5 del real decreto”. También dijo que no existe un formato oficial del contrato y no hay que presentarlo a la Agencia de Residuos de Cataluña, a pesar de que sí que tiene que estar a disposición de las administraciones a efectos de vigilancia y control. Por último, la jefa del departamento de Atención Ciudadana de la Agencia de Residuos de Cataluña señaló que el “acuse de recibo de residuos no se puede considerar equivalente al documento de identificación mencionado al Real decreto 180/2015, dado que este documento no acompaña el residuo durante el traslado”. Los principales cambios con respecto al Decreto 93/1999
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